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Perdones de inmigración (waivers): I-601, I-601A e I-212
Muchas personas con un cónyuge o padre ciudadano o residente tienen una petición aprobada y no avanzan porque salir del país activaría un castigo de tres o diez años. El perdón provisional existe para eso. El abogado Javier Irizarry Lugo determina qué perdón necesita y construye la prueba de dificultad extrema antes de que usted viaje.
Quien acumula más de 180 días de presencia ilegal y sale del país queda castigado tres años; con un año o más, diez años. El castigo se activa al salir del país. Por eso nunca conviene ir al proceso consular sin tener el perdón decidido.
Este perdón es para el cónyuge o el hijo de un ciudadano o residente. Hay que probar que, si se niega, su cónyuge o su padre o madre con estatus sufriría una dificultad extrema (extreme hardship). Un hijo ciudadano no cuenta como familiar calificado para este perdón.
El perdón provisional (I-601A) se pide desde Estados Unidos, con la petición aprobada y la tarifa consular pagada, antes de viajar a la entrevista. Si se aprueba, el viaje suele ser mucho más corto y con el castigo ya perdonado.
No puede pedir el I-601A quien tiene un caso activo en la corte de inmigración. La excepción es que el juez haya pausado el caso (cierre administrativo). Tampoco puede pedirlo quien tiene una orden final de deportación, salvo que antes obtenga el permiso I-212 para volver a solicitar.
Otros motivos de inadmisibilidad (ciertos delitos, una declaración falsa anterior) se perdonan con el formulario I-601, con sus propios requisitos, y una deportación anterior exige además el permiso I-212.
Qué hace el abogado
Reconstruye su historial migratorio completo con fechas exactas: entradas, salidas, solicitudes, contactos con inmigración. Un perdón pedido con un historial incompleto puede negarse o, peor, aprobarse y luego fallar en el consulado.
Identifica cuál perdón o combinación necesita y si hay algún motivo que no se puede perdonar.
Documenta la dificultad extrema del familiar calificado: salud, finanzas, hijos, cuidado de familiares, condiciones del país, con evidencia de terceros, no solo cartas de la familia.
Coordina la petición, el perdón, el Centro Nacional de Visas y la entrevista consular como un solo proceso.
Qué traer a la consulta
Aviso de aprobación de la petición familiar (I-797) si ya existe, o los datos del familiar que puede pedirlo.
Fechas exactas de cada entrada y salida de Estados Unidos, y cómo entró cada vez.
Cualquier papel de inmigración anterior, incluidas órdenes de deportación o salidas voluntarias.
Expedientes médicos, financieros y escolares de su cónyuge o padre ciudadano o residente.
Papeles de cualquier caso criminal.
Preguntas frecuentes
Mi hija ciudadana me pidió. ¿Puedo pedir el perdón provisional?
El perdón por presencia ilegal exige dificultad extrema a un cónyuge o padre ciudadano o residente. Un hijo no cuenta como familiar calificado. Si no tiene cónyuge ni padre con estatus, hay que buscar otra vía.
¿Qué es dificultad extrema?
Más que la tristeza normal de una separación. Se prueba con hechos: enfermedad, dependencia económica, hijos con necesidades, imposibilidad de reubicarse al país de origen, entre otros factores. Se construye con evidencia.
¿Cuánto tiempo estaré fuera si aprueban el I-601A?
Depende del consulado. Con el perdón ya aprobado, la espera suele ser de semanas, pero el consulado puede pedir más documentos o una revisión adicional y alargarla. Sin perdón aprobado, podrían ser años.
Me deportaron hace años y volví. ¿Hay perdón?
Es más complejo. Una deportación anterior requiere el permiso I-212, y un regreso sin inspección después de una deportación o de más de un año de presencia ilegal puede activar un castigo permanente con espera de diez años fuera. Hay que revisar las fechas exactas.
¿Puedo pedir el perdón si tengo un caso en la corte de inmigración?
No mientras el caso esté activo. Si el juez lo cierra administrativamente, sí. El abogado evalúa si pedir ese cierre es realista en su caso.
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