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VAWA: pedir la residencia sin depender del abusador

Si usted es cónyuge, hijo o hija, o padre o madre de un ciudadano o residente, y esa persona lo maltrató, la ley VAWA le permite presentar su propia petición. El abusador no tiene que firmar ni enterarse. Protege a hombres y a mujeres por igual. El abogado Javier Irizarry Lugo prepara estas peticiones con la discreción que exigen.

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Quién puede calificar

  • Cónyuges de ciudadanos o residentes que sufrieron golpes o crueldad extrema (que incluye abuso psicológico, control, amenazas de deportación, aislamiento) durante un matrimonio celebrado de buena fe.
  • Hijos solteros menores de 21 años (en algunos casos hasta 25) maltratados por un padre ciudadano o residente, y padres o madres maltratados por un hijo o hija ciudadano de 21 años o más.
  • Se requiere haber vivido con el abusador en algún momento y tener buen carácter moral.
  • Si ya se divorció, puede presentar la petición dentro de los dos años siguientes al divorcio si demuestra que el divorcio está relacionado con el abuso.
  • La ley prohíbe a inmigración usar información del abusador en su contra y protege la confidencialidad de la petición (8 U.S.C. § 1367).

Qué hace el abogado

  • Evalúa si los hechos encajan en la definición legal de maltrato o crueldad extrema, que es más amplia de lo que muchas personas creen.
  • Reúne la evidencia sin ponerlo a usted en riesgo. Incluye su declaración detallada, reportes policiales u órdenes de protección si existen, y expedientes médicos o de terapia. También cartas de personas que vieron lo que pasó, y prueba de que el matrimonio fue real y de que vivieron juntos.
  • Presenta la autopetición (I-360) y, cuando corresponde, el ajuste de estatus y el permiso de trabajo.
  • Coordina con la defensa criminal si hay un caso penal abierto, propio o del abusador.

Qué traer a la consulta

  • Acta de matrimonio y prueba del estatus del cónyuge (aunque sea una copia o una foto).
  • Cualquier reporte policial, orden de restricción o papel de la corte.
  • Expedientes médicos, de terapia o de un refugio, si los hay.
  • Prueba de que vivieron juntos: contratos, cuentas, correspondencia.
  • Nombres de personas que puedan escribir una carta sobre lo que vieron.

Preguntas frecuentes

¿Mi esposo se va a enterar?

No. La petición se presenta sin su firma y la ley prohíbe que inmigración le informe. USCIS envía la correspondencia a la dirección que usted indique.

Nunca hubo golpes, pero sí amenazas y control. ¿Califico?

La ley cubre la crueldad extrema, no solo la violencia física. Amenazas de deportación, aislamiento, control del dinero o humillación constante pueden calificar según los hechos.

¿Necesito un reporte de policía?

No es obligatorio. Ayuda, pero la petición puede probarse con su declaración y otra evidencia creíble.

Entré sin inspección. ¿Puedo ajustar aquí con VAWA?

Sí. La ley permite a los autopeticionarios VAWA aprobados ajustar estatus dentro del país aunque hayan entrado sin inspección, si no hay otro impedimento. (8 U.S.C. § 1255(a))

¿Los hombres pueden pedir VAWA?

Sí. El nombre viene de la ley original, pero la protección aplica a cualquier cónyuge, hijo o padre maltratado, sin importar el sexo.

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