Lugo Law LLC

Condados de Milwaukee, Waukesha, Racine, Kenosha y Sheboygan · Corte de Inmigración de Chicago

Visa U para víctimas de crimen

¿Fue víctima de ciertos delitos en Estados Unidos? ¿Ayudó, ayuda o está dispuesto a ayudar a la policía o al fiscal? Entonces la ley ofrece un estatus temporal con permiso de trabajo. Después, puede haber un camino a la residencia. El abogado Javier Irizarry Lugo prepara la petición y gestiona la certificación con la agencia correcta.

4.7★ 9 en Google 92% recomiendan en Facebook (22) 20+ años como abogado Corte de Inmigración de Chicago · Cortes de Wisconsin

Quién puede calificar

  • Víctimas de ciertos delitos ocurridos en Estados Unidos. La lista legal incluye violencia doméstica, agresión sexual, agresión grave, secuestro, extorsión y trata de personas. También incluye obstrucción de la justicia (estorbar una investigación) e intimidación de testigos, entre otros.
  • Debe haber sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado del delito.
  • Debe tener información sobre el delito y haber sido útil, ser útil o estar dispuesto a ser útil a la policía, al fiscal o al juez. Una agencia certifica esa cooperación en el formulario I-918, Suplemento B.
  • Ciertos familiares pueden incluirse: cónyuge e hijos solteros menores de 21 años; si la víctima es menor de 21 años, también sus padres y sus hermanos solteros menores de 18 años.
  • La ley limita a 10,000 las visas U principales por año fiscal, y hay más peticiones que visas. Mientras espera, una petición que USCIS considere de buena fe (bona fide) puede recibir acción diferida (deferred action: una decisión de no deportar por ahora) y permiso de trabajo.

Qué hace el abogado

  • Determina si el delito está en la lista y si hay pruebas del daño: reportes policiales, expedientes médicos, evaluación psicológica, declaraciones.
  • Solicita la certificación a la agencia correcta (policía, fiscalía, tribunal u otra agencia con autoridad) y da seguimiento; sin la certificación no hay petición.
  • Prepara la petición con su declaración personal y la evidencia, incluyendo cualquier perdón de inadmisibilidad que haga falta.
  • Después de tres años en estatus U, prepara la solicitud de residencia.

Qué traer a la consulta

  • Reportes policiales, número de caso y nombre del detective o fiscal.
  • Expedientes médicos o de terapia relacionados con el delito.
  • Órdenes de restricción, citaciones o papeles de la corte donde usted fue víctima o testigo.
  • Pasaporte y cualquier papel de inmigración anterior.
  • Actas de nacimiento o matrimonio de los familiares que quiera incluir.

Preguntas frecuentes

¿El delito tiene que haber terminado en condena?

No. Lo que importa es que usted fue víctima, que hubo investigación o proceso, y que usted cooperó o está dispuesto a cooperar. Muchas certificaciones se firman en casos sin condena.

¿Y si el delito fue hace muchos años?

No hay plazo para la petición. La dificultad práctica es conseguir la certificación de una agencia por un caso viejo; el abogado la solicita con el expediente completo.

¿Puedo pedirla si estoy en proceso de deportación?

Sí. La petición se presenta ante USCIS aunque tenga caso en la corte, y el abogado puede pedir al juez tiempo mientras USCIS decide.

Tengo una orden de deportación anterior o entradas sin inspección. ¿Me descalifica?

No necesariamente. Muchos motivos de inadmisibilidad (razones por las que inmigración puede negar un caso) se pueden perdonar en una petición U con el formulario I-192. Se analiza caso por caso.

¿Cuánto tarda la espera?

Años, por el límite anual. USCIS publica sus tiempos; el abogado le explica dónde está su caso y qué protección tiene mientras tanto.

Artículos relacionados

WhatsApp
Llamar (414) 748-3344 WhatsApp